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La Revista Agraria Nº 20 - Lima-Perú, octubre 2000

 

Normas legales:

EMERGENCIA POR AFTOSA EN LARAMATE E ICA
Mediante Res. Directoral 092 y 093 -2000-AG-SENASA-ICA, del 28 de setiembre se declaró en estado de emergencia temporal por brote de fiebre aftosa el distrito Laramate de Ayacucho y la provincia de Ica.

MEDIDAS ESPECIALES PARA RESCATE FINANCIERO
La Superintendencia de Banca y Seguros en Resolución Nro. 663-2000, dictó normas especiales para la participación de las Instituciones Financieras en los programas de Rescate Financiero Agropecuario (RFA) y Fortalecimiento Patrimonial de Empresas (FOPE).

PERMISOS PARA CAOBA Y CEDRO
El Decreto de Urgencia 085-2000, (5-Oct) autoriza a INRENA otorgar permisos de exportación de madera aserrada de caoba y cedro hasta el 31 de julio del 2000 para los casos de volúmenes comprometidos antes de la vigencia de la Ley 27308.

IMPUESTO ESPECIAL PARA EL ARROZ
Ley 27350 (6-Oct) incorpora a la Ley del IGV e ISC un Título IV referido al Impuesto Especial a las Ventas (IEV) que grava la venta en el país y la importación de arroz en todas sus variedades.

EMERGENCIA POR AFTOSA EN YAUYOS
Por RD. 150-2000, el SENASA Lima-Callao, declaró en cuarentena temporal, por brote de fiebre aftosa, el distrito de Huancaya, prov. Yauyos, Lima.

NUEVO REGLAMENTO DE AGUAS
Sorpresivamente el domingo 8 de octubre mediante DS. 057-2000-AG, se aprobó el nuevo Reglamento de Organización Administrativa del Agua, que deroga el DS. 047 del 31 de agosto último. Para más detalles ver artículo Cambiando sin cambiar de la pag. 11.

BONOS PARA EXPROPIADOS POR REFORMA AGRARIA
El DU. 088-2000 (10-Oct) Establece el procedimiento para acreditar y pagar deudas a favor de agricultores expropiados por la Reforma Agraria (DL. 17716). Pago se efecturá mediante bonos, los detalles en la pag. 8.

RESTITUYEN EXONERACIÓN SOLO PARA ÚREA
El DU. 090-2000 (10-Oct) autoriza a Ministerio de Economía a emitir documentos cancelatorios para el pago de tributos que gravan importación y venta de úrea hasta por monto total de S/. 25 millones y hasta el 31 de diciembre de este año.

EMERGENCIA POR AFTOSA EN YAUYOS
La RD. 007-2000 (13-Oct) del SENASA-Huancavelica declara en estado de cuarentena por brote de fiebre aftosa a la provincia de Churcampa.

VACUNACIÓN OBLIGATORIA ANTI-AFTOSA
Debido a que las áreas geográficas definidas sin vacunación antiaftosa han reportado presencia de brotes de la enfermedad y por tanto tienen un alto riesgo de difusión del virus, el SENASA mediante Res.Jef. 188-2000-AG, estableció la vacunación obligatoria de bovinos y porcinos para las áreas donde se circunscriben los brotes de Fiebre Aftosa, por esta única vez el costo de la vacunación será de un sol.

PERMISO ZOOSANITARIO DE IMPORTACIÓN
Para mejorar la aplicación del Reglamento Zoosanitario de Importación y Exportación de Animales, el SENASA mediante Res. Jef. 191-2000-AG (24-Oct) autorizó la emisión del Permiso Zoosanitario de Importación, a las Oficinas de Sanidad Agraria del Terminal Aéreo y Portuario, y las Direcciones Desconcentradas que tengan bajo su jurisdicción terminales marítimos, aéreos, lacustres, fluviales o terrestres., en los que se registre el ingreso de mercaderías pecuarias desde terceros países.

RFA TAMBIEN PARA ACUICULTURA
El DU. 097-2000 (27-Oct) incluye el refinanciamiento de deudas por créditos acuícolas en el programa de Rescate Financiero Agropecuario (RFA).

 

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